November 2, 2026
Saber si un cliente falleció ya no requiere revisar caso por caso. Con la Norma de Carácter General N°578, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) habilitó un canal único, masivo y gratuito para que las entidades fiscalizadas consulten esta información directamente con el Registro Civil. El resultado: menos carga operativa, menores costos y un dato oficial para gestionar la cartera. 🏛️
📌 Lo clave en 30 segundos:
Es una consulta masiva que permite a las entidades fiscalizadas obtener, en un solo proceso, un dato oficial sobre la situación de sus titulares. La entidad envía a la CMF una nómina con el RUN de cada titular; la CMF la remite al Registro Civil y devuelve quiénes fallecieron y en qué fecha.
El mecanismo está regulado en la NCG N°578, emitida por la CMF el 29 de octubre de 2026.
Sirve para cumplir a tiempo una obligación legal. Las entidades que administran acciones, dividendos, cuotas de fondos o acreencias deben entregar a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile los recursos que no fueron cobrados por sus titulares ni, si estos fallecieron, por sus herederos o legatarios. Para hacerlo correctamente, primero necesitan saber si el titular está vivo. 🚒
Porque reduce costos, tiempos y carga operativa. Hasta ahora, cada entidad debía verificar la situación de sus titulares por su cuenta y uno a uno. Con la NCG 578, esa revisión queda centralizada en la CMF: una nómina, un canal y una respuesta oficial.

El proceso es simple para la entidad: prepara la nómina, la envía y recibe el resultado. La consulta al Registro Civil la realiza la CMF.

Pueden usarlo las entidades fiscalizadas por la CMF que, por ley, deben entregar a Bomberos los recursos no cobrados. Para ellas, es una herramienta gratuita para mantener su cartera de titulares al día.
La norma se refiere a quienes administran, emiten o custodian acciones, acreencias, cuotas de fondos, beneficios, dividendos u otros dineros, en el marco de la Ley de Sociedades Anónimas, la Ley Única de Fondos y el artículo 156 de la Ley General de Bancos.
Las fechas son fijas y conocidas de antemano, lo que permite planificar el proceso con tiempo. Las nóminas se reciben solo del 2 al 11 de enero y del 2 al 11 de julio de cada año.
Como la norma rige desde el 1 de febrero de 2027, la primera ventana disponible es julio de 2027.
💡 Recomendación: prepara la nómina antes de cada ventana. Fuera de esas fechas, la CMF no recibe envíos.
Las personas ganan un sistema más ordenado y la posibilidad de recuperar recursos olvidados. Si un familiar falleció y tenía dinero sin cobrar, el mecanismo ayuda a que las entidades lo identifiquen antes. Además, cualquier persona o empresa puede revisar el buscador de acreencias de la CMF antes de que esos montos pasen a Bomberos.
Es la norma que crea un canal para que las entidades fiscalizadas consulten, de forma masiva y gratuita, si los titulares de ciertos recursos fallecieron, con información del Registro Civil.
Reduce costos, tiempos y carga operativa: en lugar de verificar titular por titular, envía una sola nómina y recibe una respuesta oficial.
Desde el 1 de febrero de 2027. La primera ventana de envío disponible es del 2 al 11 de julio de 2027.
No. La CMF lo define como un procedimiento voluntario, masivo y gratuito.
Una nómina con el RUN de cada titular, a través de CMF Supervisa y según la Ficha Técnica de la CMF.
Qué personas de la nómina fallecieron y sus fechas de defunción, según lo informado por el Registro Civil.
No. Está disponible para entidades fiscalizadas obligadas por ley a entregar a Bomberos los recursos no cobrados por sus titulares, herederos o legatarios.
Puedes revisar el buscador de acreencias de la CMF con tu nombre o el de tu empresa, antes de que esos montos pasen a Bomberos.
📎 Revisa el texto completo de la Norma de Carácter General N°578 en el sitio de la CMF.